TMÉS

  • ¿A quien se dirige?

    • Esta tarjeta está destinada a las personas mayores de 65 años, jubiladas, pensionistas, personas en paro o en riesgo de exclusión social y discapacitadas que cumplan algún de estos requisitos:

      • Tener el certificado de reconocimiento de minusvalía, expedido por el equipo de valoración y orientación del centre base oficial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %.

      • Tener el reconocimiento de movilidad reducida expedido por el equipo de valoración y orientación del centre base oficial.

      • Tener el reconocimiento de discapacidad psíquica expedido por el equipo de valoración y orientación del centre base oficial.

  • ¿Qué ventajas tiene?

    • Permite utilizar el transporte público con un descuento del 50 % del precio del billete sencillo.

    • Permite obtener, aplicados en estos abonos, los descuentos en materia de transportes en el caso de ser miembro de familia numerosa.

  • ¿Cuándo caduca?

    • La caducidad de la tarjeta dependerá del requisito establecido para su obtención:

      • Personas con discapacitado:
        Caduca en la fecha de la próxima revisión del certificado de minusvalía y se puede renovar presentando el certificado de minusvalía renovado correspondiente. En los caso de discapacidad definitiva, se tiene que renovar la tarjeta cada 5 años presentando el documento en vigor que acredite la identidad del usuario y el certificado de discapacidad correspondiente.

      • Personas en paro:
        Caduca cada tres meses y se puede renovar coincidiendo con la fecha de renovación del certificado del centro de búsqueda de ocupación que acredite su situación y aportando el certificado acreditativo de ser beneficiario de una prestación que no supere el salario mínimo interprofesional (SMI) vigentes.

      • Personas en situación o riesgo de exclusión social:
        Caduca cada seis meses y se puede renovar aportando un certificado de los servicios sociales del ayuntamiento correspondiente que acredite esta situación.

      • Personas jubiladas o pensionistas:
        Caduca cada 5 años y se puede renovar presentando un documento en vigor que acredite la identidad del usuario.

La tarjeta de transportes se puede usar en las líneas de transporte público regular de viajeros acordadas con los operadores.

* Miembros de familias numerosas: El descuento caduca cuando al usuario le caduca el título de familia numerosa y se puede renovar presentando un documento en vigor que acredite la condición de familia numerosa.

  • ¿Dónde se puede obtener?

    • Para solicitar esta tarjeta se tiene que presentar la solicitud rellenada en una de las oficinas de atención al ciudadano del Consejo Insular de Menorca.

  • ¿Cuándo cuesta?

    • La primera expedición es gratuita.

    • En caso de robo, pérdida, deterioro por mala conservación o rotura de la tarjeta, el titular tendrá que abonar la tasa correspondiente por la emisión de un duplicado. Se exime del pago de la tasa de emisión de duplicado en el caso de funcionamiento deficiente no imputable al titular.

  • ¿Qué documentación se necesita para obtener la tarjeta?

    • La documentación común en los supuestos anteriormente mencionados se relaciona a continuación:

      • Una fotografía de carné, no necesaria en el caso de expedición directa al Servicio de Atención al Ciudadano.

      • Una fotocopia del DNI

    • En los casos de personas con discapacitad tienen que adjuntar a la solicitud:

      • Fotocopia de la documentación que acredite uno de los requisitos expuestos:

        • Certificado de reconocimiento de minusvalía, expedido por el equipo de valoración y orientación del centro base oficial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 %.

        • Reconocimiento de movilidad reducida expedido por el equipo de valoración y orientación del centro base oficial.

        • Reconocimiento de discapacidad psíquica expedido por el equipo de valoración y orientación del centro base oficial.

    • En los casos de personas que actualmente estén en paro y que tengan unos ingresos que no superen el salario mínimo interprofesional (SMI) vigentes, uno de los certificados siguientes:

      • De cobrar el subsidio por parados en un importe inferior al SMI.

      • De percibir otras ayudas por importes también inferiores a este SMI.

      • De estar inscritos en el órganismo correspondiente de búsqueda de ocupación pero sin percibir ningún tipo de prestación.

    • En los casos de personas en situación o riesgo de exclusión social:

      • Certificado de los servicios sociales del ayuntamiento correspondiente que acredite esta situación.

* Los miembros de familias numerosas pueden obtener los descuentos adicionales presentando, con la solicitud, la fotocopia del título de familia numerosa.